Por orden de la AFIP, se deberá utilizar en todas las categorías. Para realizar la modificación, los contribuyentes deben ingresar al sitio web del organismo de recaudación fiscal y seguir los pasos.
La Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) anunció que la facturación del monotributo debe realizarse a través de medios electrónicas. La resolución es obligatoria a partir de este lunes 1° de abril.
La medida establecida por el organismo abarca a todas las categorías, inclusive las de menor facturación. Previo a la resolución, la misma comprendía solamente a los escalafones mas altos del sistema.
“Para poder emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes previamente deberán dar de alto un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente”, detallaron desde la AFIP.
El contribuyente debe ingresar al sitio web del organismo por medio del enlace “Administración de puntos de ventas y domicilios”. Luego, se podrá facturar de forma electrónica desde el sistema a partir de ítem “Comprobante en linea”. La gestión también puede realizarse a través de la App Facturador Movil.
A partir de la disposición, la AFIP introdujo de manera progresiva a las distintas categorías del Régimen Simplificado para sumar finalmente la categoría “A”.
Quedan exceptuados de realizar dicha modificación aquellos contribuyentes que elijan emitir sus comprobantes a través del uso de controladores fiscales. En este caso, quienes quieran incorporarlo deberán pedir la habilitación del equipo de forma previa.