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AÑO 11 - EDICIÓN Nº 1915
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SOCIEDAD
miércoles 13 de junio de 2018

Según ordenó Enargas, el gas se pagará en 3 cuotas en invierno


La forma de financiación será optativa para consumidores residenciales y comerciales. Se aplicará a las facturas de julio y agosto; y septiembre y octubre. Tendrá intereses que se cobrarán durante el verano. Conozca cómo tramitarlo.

Lo que se había anunciado meses atrás hoy es una realidad. Oficializaron el pago en tres cuotas bimestrales para las facturas de gas. La medida se concretó a semanas del próximo ajuste del esquema tarifario. En julio el servicio volverá a aumentar.
Ahora las boletas podrán abonarse en tres tramos. La iniciativa se hizo efectiva con la Resolución 97/2018, publicada en el Boletín Oficial por el ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
La normativa sostiene que el mecanismo de financiación podrá aplicarse en las facturas de los períodos 4 y 5; para los consumos desde el 1° de julio al 31 de octubre.
El objetivo es aliviar el impacto en el bolsillo a raíz de la seguidilla de aumentos tanto en los servicios públicos, como en privados y alimentos. Entre ellos se encuentran las subas en las prepagas, medicamentos, naftas, luz y agua.
 

¿Cómo tramitarlo?

El pago del gas en cuotas en invierno será optativo. Es un beneficio que sólo podrán elegir los usuarios residenciales y comerciales servicio completo, como negocios y PyMES. Deberán manifestar su adhesión de manera presencial en la receptoría de la distribuidora que corresponde al domicilio o de forma virtual, a través de la página de internet de la prestadora.
Los titulares podrán requerirlo antes de recibir la facturación por el consumo del período 4, del 1 de julio al 31 de agosto; o bien, hasta el día de vencimiento del primer cupón de pago. Los habilitará abonar parcialmente en tres cuotas bimestrales a las facturas por los períodos 4 y 5.
Se trata de los consumos de julio y agosto; y de septiembre a octubre de este año. El cliente que no se haya sumado a la iniciativa para el primer bimestre, podrá hacerlo por el siguiente, de septiembre a octubre.
Según la norma, “el usuario solo podrá optar por el pago total del equivalente mensual del consumo facturado, o aceptar que se le financie el 25% del total en tres cuotas bimestrales”. No podrá hacerlo por una modalidad intermedia, ni por un solo período, sino por los dos.
La proporción del monto a financiar será del 25% del monto total de la factura del período de consumo, con una tasa de crédito de corto plazo que no podrá superar el 1,5% mensual.
De acuerdo a lo expuesto por el Enargas, los intereses acumulados se recuperarán desde el 1 de noviembre de 2018 y por tres períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis para los clientes mensuales.
 

Suspensión de cortes

Las empresas distribuidoras de gas no podrán interrumpir el servicio a los usuarios por falta de pago. La medida se concretó en medio de la polémica por los aumentos en los servicios públicos y en la antesala del tratamiento del proyecto en el Congreso para frenar los tarifazos.
La iniciativa fue dispuesta por la Justicia Federal de Dolores. El juez Alejo Ramos Padilla hizo lugar a un recurso de amparo que había presentado la Asociación de Consumidores Argentinos y emitió una medida cautelar que prohíbe las interrupciones.
El fallo, que tiene una vigencia de 90 días, tiene el objetivo de “garantizar el acceso a este servicio público; y proteger a los sectores más vulnerables que se pudieron haber visto afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado”.
 

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