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POLÍTICA
sábado 22 de enero de 2022

Contagiados de Covid y contactos estrechos: ¿Cuándo pueden volver al trabajo?


Los tiempos varían dependiendo de las vacunas recibidas y los síntomas. Toda la información.

Como consecuencia del incremento en la cantidad de casos, el Gobierno nacional aclaró en qué momento una persona con Coronavirus o que es contacto estrecho de un afectado por la enfermedad puede retornar a su tarea laboral. La vacunación es importante para determinar cada situación.

El comunicado fue publicado en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Resalta que quienes fueron positivos de Covid y lo atravesaron en sus hogares podrán reincorporarse sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta.

¿Cuándo vuelven?

Pacientes diagnosticados y que no requirieron internación:

  • Sin vacunación o esquema incompleto: estarán habilitados a los 10 días de la fecha de inicio de los síntomas o, en el caso de los asintomáticos, de la confirmación del diagnóstico.
  • Con todas las dosis (con menos de cinco meses de concluido o aplicado el refuerzo): regresarán a los siete días después del primer malestar o del momento en que se practicaron el examen si no tuvieron indicios. Deberán cumplir cuidados especiales en los tres días posteriores. Esto significa no concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar las medidas ante la presencia de personas con factores de riesgo.

Contactos estrechos asintomáticos:

  • Sin inyecciones o con alguna faltante (no recibió vacuna o con más de cinco meses de la última): retornarán a los diez días desde que compartió espacio con un caso confirmado.
  • Con el esquema completo (de dosis única, de dos o con adicional, según corresponda, y menos de cinco meses de concluido), quienes recibieron el refuerzo hace más de 14 días o que hayan tenido Covid-19 dentro de los 90 días: continuarán sus actividades laborales siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente). Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria. Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.

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