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AÑO 12 - EDICIÓN Nº 2372
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SOCIEDAD
martes 31 de enero de 2017

Ley de Migraciones: cuáles son las modificaciones


El objetivo es agilizar los mecanismos de deportación y prohibición del ingreso a extranjeros vinculados con el delito. El Gobierno nacional impuso la medida por decreto.

LeyMigraciones2017

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 70/2017, la administración nacional formalizó una serie de cambios en la Ley de Migraciones. Endurece las políticas de admisión de extranjeros y acorta los tiempos para definir la deportación de inmigrantes con antecedentes penales.

“Ante recientes hechos de criminalidad organizada de público y notorio conocimiento, el Estado Nacional ha enfrentado severas dificultades para concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad extranjera, como consecuencia de un complejo procedimiento recursivo que, en algunos casos, puede llegar a siete años de tramitación”, señala el escrito.

El texto se refiere al caso del narcotraficante peruano Marco Antonio Estrada González que, tras ocho años, aun no fue extraditado del país. Fue capturado y puesto a disposición de la Justicia en diciembre de 2016.

La modificación de la norma, publicada este lunes en el Boletín Oficial, lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y la de  todos los ministros del gabinete nacional.

"La población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en el 2016 el 21,35 por ciento de la población carcelaria total”, detalla el documento.

Y añade: “En los delitos vinculados a la narcocriminalidad, un 33 por ciento de las personas bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal son extranjeros". Según informaron, la reforma afectará tanto a los nuevos visitantes como a los actuales residentes.

Los puntos clave

Los impedimentos para el ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional, que se encuentran detallados en el inciso C del artículo 29 de la Ley actual, se profundizarán. “La Argentina vive una situación crítica que amerita la adopción de medidas urgentes", justificaron.

Entre los principales motivos de inadmisión se encuentran: "Haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más".

Además, dicho inciso se dividió en dos: por un lado, los delitos comunes, y por otro los crímenes de tráfico de drogas, personas, armas, órganos y tejidos (incorporación nueva) lavado e inversiones ilícitas.

A su vez, se prohibirá el acceso a quienes tengan antecedentes penales en el país de origen o se relacionen alguna organización de crimen organizado, como narcotráfico, trata, tráfico de órganos, independientemente de si estén condenados o no. En este sentido, también serán expulsados aquellos que cuenten con documentación ilegal.

Con la nueva norma, se extiende la prohibición del reingreso: será de ocho años por delitos dolosos y cinco años por delitos culposos. Hasta ahora era de cinco años.

Además, alcanza a las residencias en trámite y adquiridas. Caducarán si la persona que la solicita deje el país “por un período superior a dos años o la mitad del plazo acordado, si se trata de una residencia temporaria”.

Aquellos casos que obedezcan al ejercicio de una función pública argentina o se hayan generado en razón de actividades, estudios o investigaciones que pudiesen ser de interés se verán exceptuados. Según afirmaron, quienes no tengan los medios económicos tendrán derecho a un abogado gratuito que los asista.

 
 
 
 

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