Es para la adquisición de planes y pasajes aéreos al exterior que se realicen en efectivo, tanto en dólares como en pesos. Corresponde también a las operaciones canceladas mediante depósito en cuenta.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió la resolución 3825, la cual establece una alícuota que se aplicará a los paquetes de turismo, tickets y a las transacciones saldadas a través de un depósito en cuenta del sujeto que realice el cobro respectivo.
El texto de la disposición, publicado en el Boletín Oficial, plantea que “el importe a percibir se determinará aplicando sobre el precio neto de impuestos y tasas de cada operación alcanzada, la alícuota del cinco por ciento”.
En el caso de movimientos concretados en valor extranjero tendrá que realizarse la conversión a su equivalente en peso argentino, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación.
La nueva norma cambia la Resolución General 3819 elaborada el 17 de diciembre pasado, en la que se definió el régimen en atención a las inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector involucrado.