La empresa distribuidora de energía eléctrica es obligada a pagar por las fallas en el servicio. La medida establece el abono de entre 490 y 870 pesos para los clientes que hayan sufrido más de 12 horas de corte desde el 16 de diciembre.
La Empresa Distribuidora de Energía del Sur (EDESUR) deberá resarcir a sus clientes por las fallas acontecidas durante la intensa ola de calor que afectó al Conurbano y la Ciudad de Buenos Aires en diciembre. En Almirante Brown, el Concejo Deliberante envió una intimación a la empresa; y luego sumó una presentación ante el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para prevenir que, con los anunciados aumentos de temperatura para esta semana, se vuelva a dar una situación crítica.
Los montos a saldar se estipularon en relación a la cantidad de horas que los usuarios estuvieron sin suministro. La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece el pago de 490 pesos para los afectados por las interrupciones de suministro de energía eléctrica de entre 12 y 24 horas, ocurridas durante el período iniciado el 16 de diciembre pasado y hasta el momento de su reposición total.
Para los cortes de 24 a 48 horas, el resarcimiento será de 760 pesos; mientras que para los superiores a 48 horas corridas se elevará a 870 pesos. En tanto, si los usuarios afectados también fueron damnificados por los ceses del servicio registrados a fines de los años 2010 y 2012, el monto del resarcimiento será el doble.
Según informaron las autoridades del Ente Nacional Regulador de Energía (ENRE), el resarcimiento deberá ser acreditado en la próxima factura a emitirse, consignando en forma desagregada y mencionando la resolución, el crédito determinado y el saldo remanente, cuando corresponda.
En caso de que ese crédito al usuario superara el valor final de la próxima factura, el saldo tendrá que ser necesariamente acreditado en las subsiguientes facturas, hasta concluir el abono dispuesto.
Por otro lado, el ente regulador aclara que “esos pagos no incluyen los daños producidos a las instalaciones y/o artefactos de propiedad del usuario, cuyo reconocimiento cuenta con un procedimiento específico”. La distribuidora deberá incorporar en la factura un mensaje al usuario consignando claramente este último punto dispuesto.