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AÑO 11 - EDICIÓN Nº 1943
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POLÍTICA
sábado 9 de enero de 2021

Es oficial: la Provincia suspenderá las actividades entre la 1 y las 6


Será para aquellos distritos que se encuentren en la fase 3 y 4. También se limitarán las reuniones sociales a diez personas. ¿Qué pasará en Brown?


El gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso una serie de medidas para contener el incremento de contagios de Coronavirus. Éstas incluyen la suspensión de las actividades entre la 1 y las 6 en algunos municipios, y la aplicación de multas para organizadores y asistentes a fiestas clandestinas.

Puntos claves

La disposición entrará en vigencia el lunes 11 de enero a partir de la 01. Según se detalla oficialmente, se continuará empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades en los 135 distritos. Será de acuerdo a su situación epidemiológica. Actualmente, 17 comunas se encuentran en la fase 5; 109 en la etapa 4, entre ellos Almirante Brown y 9 en la 3.

¿Qué pasará a nivel local?

En los municipios que se encuentran en el estadio 3 y 4 se suspenderán entre las 01 y las 06 toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa. Quedarán exceptuadas los rubros productivos manufactureros, agropecuarios y todos aquellos definidos como esenciales.
Asimismo, se reducirán los eventos sociales, recreativos y familiares a grupos de hasta diez personas en espacios cerrados y abiertos. En cuanto al transporte de pasajeros, se restringirá el uso a trabajadores que se desempeñan en empleos indispensables.

Refuerzo de controles

El objetivo es disminuir la circulación en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas.
Aquellos eventos o reuniones que vulneren lo permitido legalmente, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta $3.364.000. Será tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea exclusiva para este tipo de casos (221) 429-3386. La misma funciona viernes, sábados y domingos de 22 a 06.

Más sanciones

Por otra parte, la disposición además detalla que se habilitará a las autoridades municipales el control del cumplimiento de utilizar tapabocas. En caso de no llevarlo, se podrán imponer multas. Será en el marco del artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

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