La normativa establece que los comercios deben ofrecer al menos ocho prendas por cada modelo, pero muy pocos la cumplen. El problema incluye a hombres y mujeres, niños y adultos por igual. Este año, la asociación civil “Mujeres por la igualdad” oficializó un recurso de amparo para que se implemente. En Brown, fue aprobada una ordenanza para requerir su puesta en vigencia.
La Ley de Talles se creó en el 2001 en Buenos Aires y se reglamentó cuatro años después. Sin embargo, no se respeta correctamente. Un reciente informe indica que el 40 por ciento de los usuarios tiene dificultades para encontrar ropa adecuada. Entidades que defienden a los consumidores advierten que se trata de una forma de discriminación.
La norma determina que se debe garantizar un mínimo de 8 talles, con la excepción de los productos discontinuos o en liquidación. En el territorio bonaerense fue aprobada en 2001 y ratificada en 2005.
En 2009 se avaló un expediente similar en la Ciudad de Buenos Aires. Incluyó todos los talles, del 36 al 50, y a ambos géneros, pero su reglamentación modificó algunos de sus parámetros básicos. Ese mismo año, una ley nacional obtuvo media sanción en Diputados, pero perdió estado parlamentario en Senado.
Un relevamiento llevado a cabo por la Universidad Abierta Interamericana, informó que casi un 40 por ciento de los consumidores tiene problemas para adquirir ropa de su talle en los comercios del área metropolitana.
De igual modo, un 60 por ciento padeció esta situación de manera frecuente o muy frecuente. Según el informe, las marcas más caras son las que ofrecen menos opciones.
Con respecto a los sitios de comercialización, los shopping ocupan el primer lugar con la menor oferta de tamaños. En el otro extremo se encuentra la venta online, donde las contrariedades sólo alcanzan al 5 por ciento de los consultados.
Esta realidad abarca a niños, mayores, mujeres y hombres de igual forma. A modo de ejemplo, los encuestados advierten que la menor franja de talles la detectan en los pantalones y jeans.
Lo cierto es que la Ley de Talles legisla sobre la vestimenta femenina, por lo que la población masculina sufre sus consecuencias. Específicamente, la ley provincial N° 12.665 obliga a “los comercios que vendan ropa de mujer” a tener en stock de los talles comprendidos entre el 38 y el 48.
Para entidades que defienden a los compradores, su cumplimiento está en la actualidad por debajo del 30 por ciento. En tanto, la Agencia Gubernamental de Control no concreta inspecciones porque, según se justifican, están centrados en resolver cuestiones “críticas”.
Por más derechos
La ONG “Mujeres por la igualdad” presentó un recurso de amparo para que se implemente la Ley de Talles. Se concretó en la Ciudad de Buenos Aires, pero evidenció una problemática que incluye a la Región.
La titular del juzgado N° 9 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, ordenó una serie de medidas para convocar a quienes se quieran adherir a un amparo colectivo, para reclamar que se ejecute.
En el plano local, por iniciativa del ex concejal Mario Fuentes se aprobó en 2012 una ordenanza que insta al cumplimiento de la ley en todo el distrito.