Serán sancionadas aquellas personas que no puedan justificar su ausencia por enfermedad, trabajo o distancia. La información.
El domingo se celebraron en todo el país las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Las personas que no asistieron a emitir su voto deberán justificar la causa. Caso contrario, recibirán multas. Si no las abonan, se les limitará el acceso a trámites y gestiones en el ámbito público.
Si una persona no concurrió a votar por enfermedad tiene que presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral. El plazo es de 60 días a partir de la elección. Deberá concurrir a la dependencia más cercana a su domicilio.
En el caso que el elector estuviera a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar y sus motivos sean “razonables”, tendrá que ir a la comisaría y pedir un certificado que lo acredite. También el tiempo prudencial es de 60 días.
La Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes sean pacientes positivos, sospechosos y contactos estrechos. También estuvieron autorizados a no participar aquellas personas que forman parte de los grupos de riesgos y tienen indicación médica de no asistir.
En estos casos, deberán realizar un trámite para justificarlo en la web de la entidad. De esa forma, el elector quedará eximido de las sanciones.
Las personas que no certifiquen la ausencia deberán pagar una multa de 50 pesos en las PASO. En los comicios generales de noviembre, en cambio, será de cien.
Mientras no abonen la sanción serán infractores. Esto implica que no podrán hacer trámites durante un año, gestionar el pasaporte o ser designados funcionarios públicos en el lapso de tres años. Podes hacer clic acá para conocer tu situación particular.