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AÑO 11 - EDICIÓN Nº 1943
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POLÍTICA
viernes 20 de marzo de 2020

Primer día de cuarentena obligatoria: todo lo que tenes que saber


Quedarse en casa es la única forma de detener el contagio del Coronavirus. Conocé la letra chica del decreto. ¿Qué está permitido y qué no?


Como medida para frenar el avance arrasador del Covid-19, el Gobierno nacional puso en vigentecia el "aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Rige desde las 00 horas de hoy hasta el 31 de marzo inclusive.
Así lo anunció el presidente Alberto Fernández aunque especficó que, para el correcto abastecimiento de la población, algunos rubros quedan exentos de la normativa. Son 24 áreas las que podrán salir a la calle para continuar con sus empleos.
 

Exentos de la cuarentena

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. También personal de los servicios de justicia de turno.
La norma exime a personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes; personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Además, personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones, aunque “no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas”.

Trabajadores de los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; personal afectado a obra pública; supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias y provisión de garrafas.
Quienes desempeñan en actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior, recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
También están excentos aquellos que cumplen tareas en el "transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad, así como servicios de lavandería".
 

¿Qué está permitido hacer?

Todos los ciudadanos deberán permanecer en sus casas. Sólo podrán salir para abastecerse de insumos necesarios en supermercados, almacenes, farmacias, etc.
Las fuerzas de seguridad controlarán en las calles que se cumpla el decreto y el que no pueda explicar “se verá sometido a la sanción que prevé el Código Penal”.
Habrá verificaciones y constataciones "sobre los motivos por los que cualquier persona o automóvil está transitando” y que “quien no pueda justificarlo será sancionado”.
 
 

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