La modificación eleva un 23 por ciento el mínimo no imponible y establece nuevas escalas. Reemplaza a la antigua regulación que se mantuvo vigente desde el 2000.
La Ley 27.346 que modifica la carga tributaria a las Ganancias, fue promulgada este martes a través del Decreto 1307/2016 publicado en el Boletín Oficial. Había sido sancionada el pasado 22 de diciembre.
Con su implementación, se elevará el mínimo no imponible a 37 mil pesos brutos (30.500 de bolsillo) para casados con dos hijos y a 27.941 pesos brutos (23.200 de bolsillo) para solteros.
Además, se establecen cambios en las escalas. De esta manera, se modifica la regulación que permanecía en vigencia desde el 2000. Sumado a esto, se mantienen las deducciones por hijo, cónyuge, padres y empleada doméstica, al tiempo que permite descargar viáticos hasta 40 por ciento.
Sólo en el caso del transporte no se impondrán límites. En tanto, se fija un 40 por ciento de descuentos para los alquileres de vivienda, con un tope de 51.000 pesos.
Asimismo, extiende su alcance: los jueces o empleados que ingresen en el Poder Judicial comenzarán a abonar el tributo. En cuanto a los jubilados, sólo quienes perciban haberes superiores a los 30 mil pesos mensuales se verán afectados.