Teniendo en cuenta el Código Nacional Electoral, hay cinco categorías: válido, en blanco, recurrido, impugnado y nulo. Conocé las características de cada uno.
Por las elecciones legislativas de este domingo, es interesante recordar qué clases de votos pueden emitir los electores en un comicio.
El fin es que no cometan errores involuntarios. De esta forma, el electorado puede manifestar su voluntad mediante:
Se lo cataloga así cuando se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.
Cuando el sobre está vacío o con un papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Mientras que, si falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera en blanco sólo esa instancia.
Las causas pueden ser varias: usa una boleta no oficializada o un papel de cualquier tipo con inscripciones o imágenes. También cuando se coloca una boleta oficial con inscripciones.
Y, en los casos en que se ubica más de una pero de distintos partidos para la misma categoría. O, se ingresa cualquier tipo de objeto extraño en el sobre.
Es aquel cuya validez fue cuestionada por algún fiscal de la mesa. Debido a que la boleta fue escrita, está rota o evidencia alguna otra forma de irregularidad.
En ese caso, quien lo discutió deberá indicar su decisión en un formulario especial con “expresión concreta de la causa”.
Se da cuando alguna autoridad de mesa o fiscal pone en duda la identidad del votante en las elecciones. De todas formas, se le permitirá sufragar.
No obstante, el presidente incluirá junto a su sobre un formulario donde hace figurar la impugnación del voto. Al cual le añadirá los datos de la persona y su huella digital.