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SOCIEDAD
miércoles 19 de julio de 2017

Reglamentaron el Registro Nacional de Violadores


La norma establece un listado con información y material genético de las personas penadas por delitos sexuales. Tiene el objetivo de facilitar el esclarecimiento de los hechos bajo investigación judicial. En 2015, hubo una denuncia cada 45 minutos.

A cuatro años de su sanción definitiva, la Ley 26.879 que determina la creación de un "Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual" obtuvo la reglamentación. Este paso permite su aplicación en todo el país.

De acuerdo a los principios de la norma, el listado “tendrá por fin exclusivo facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal, con el objeto de proceder a individualizar a las personas responsables”.

Se trata de un banco de datos con información personal y material genético de aquellos que se encuentren cumpliendo una condena por estos delitos. La coordinación del Registro será administrada por la Comisión Nacional de Huellas Genéticas, constituida a partir del artículo segundo del decreto.

 

¿Cómo funciona?

La norma establece que la obtención del ADN será practicada “del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor”, en todos los casos. Además, dicta que “el uso de las facultades coercitivas sobre el afectado por la medida, en ningún caso podrá exceder el estrictamente necesario para su realización”, lo que le brinda al victimario un marco de contención.

De ahora en más, tanto el Juez como el Tribunal que emita la sentencia deberán ordenar la elaboración del perfil genético “dentro de los cinco días hábiles” y remitirlo al Registro.

Con respecto a causas anteriores a la vigencia de esta nueva herramienta, la extracción de las muestras se realizará en un período de seis meses. El objetivo es se logre obtener la información de la totalidad de imputados al finalizar el plazo.

Para ponerlo en marcha, será necesario añadir al Registro a 18 mil patrones genéticos de aquellos condenados cuyas penas continúen vigentes; y las muetras de los casos sin resolver. En total, se realizarán 20 mil estudios.

 

Cifras alarmantes

La cantidad de penas por violación sexual alcanzó los 18.296 casos en los últimos 10 años, según reveló Ministerio de Justicia de la Nación. Sin embargo, si se toma como punto de partida el 2002 el número asciende a 20.809, teniendo en cuenta las condenas por incumplimiento efectivo, es decir, las que quedaron en suspensión.

En Buenos Aires, durante 2015 las fiscalías recibieron una denuncia cada 45 minutos por delitos contra la integridad sexual, según las estadísticas anuales de la Procuración ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

En total, se detectaron 1.187 casos de abuso sexual con acceso carnal y otros 10.862 por otros tipos de acosos, lo que superó en un 18 por ciento a las cifras de 2014, cuando hubo 1.003 violaciones denunciadas y 8.785 de otras clases.

Ese año, el Departamento Judicial de Lomas de Zamora, que tiene competencia en Almirante Brown, lideró en número de presentaciones: se registraron 214, entre los que se incluyeron los hechos cometidos por menores.

Dos años después, la demanda de las familias y su anhelo de Justicia se cristalizaron en la implementación de una normativa que busca agilizar procesos legales. El debate se reactivó tras la muerte de Micaela García, oriunda de Gualeguay, y con el impulso permanente de la asociación “Madres del Dolor”.

La Ley fue reglamentada a través del decreto 522/2017, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y los ministros de Justicia, Germán Garavano; de Seguridad, Patricia Bullrich; y de Ciencia y Tecnología, Lino Barañao.

 

 

 

 

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