Dom, 13/07/2025 |
AÑO 12 - EDICIÓN Nº 2386
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
SOCIEDAD
miércoles 9 de noviembre de 2016

Solicitarán DNI para viajar en micros


A partir del 8 de diciembre, los pasajeros deberán portar su documento, cédula o pasaporte para trayectos de larga distancia. El objetivo es combatir el narcotráfico y las redes de trata.

micros

Dentro de un mes, quienes deseen utilizar el servicio de micros de larga distancia deberán contar con su DNI, cédula de identidad o pasaporte, de manera obligatoria. La medida fue dispuesta por el Ministerio de Transporte.

La normativa se hizo efectiva a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. Comenzará a operar el 8 de diciembre, declarando la portación de las credenciales como requisito ineludible para viajar.

Se trata del "Régimen de Control de Identificación de Pasajeros". Se aplicará sólo en los servicios de transporte de carácter interjurisdireccional, con el fin de combatir la problemática del narcotráfico y la trata de personas.

La iniciativa fue aprobada en el marco de la declaración de Emergencia de Seguridad Pública que promulgó el Poder Ejecutivo Nacional el 21 de enero pasado. Dentro de este panorama, plantean combatir el tráfico de drogas, que "no sólo afecta a la salud y la seguridad ciudadana, sino que importa una violación a la soberanía nacional".

Las claves de la Resolución

Según el documento, el régimen se aplicará a “los servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor de carácter interjurisdiccional, a los servicios autorizados de Tráficos Libres, Ejecutivos y de transporte para el Turismo”.

En tanto, los operadores deberán confeccionar un listado de pasajeros en el que se consignen los datos obtenidos mediante el uso del Sistema Informático de Expendio de Pasajes.

El DNI, cédula de identidad o pasaporte de cada usuario deberá coincidir con el utilizado al momento de la compra o reserva del boleto o de la contratación de la programación turística y encontrarse en poder del pasajero durante todo el tiempo insumido en su traslado.

Los pasajeros sin documentación no podrán abordar el servicio, salvo que acreditare haber formulado la correspondiente denuncia o exposición de extravío, robo o hurto y contar con el correspondiente certificado de documento en trámite.

ÚLTIMAS NOTAS
Compartir nota
Sitio creado por
menuarrow-left
error: Atención: ¡El contenido está protegido!
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram