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SOCIEDAD
miércoles 21 de mayo de 2014

Con opiniones a favor y en contra, avanza la implementación de juicios por jurado


Se realizó el sorteo. Los ciudadanos que tengan sus DNI terminados en los números 983 y 461, conformarán el primer grupo de jurados. Se trata de una metodología contemplada por la Constitución Nacional, y que el año pasado fue sancionada a nivel provincial en la Ley 14543. Por el momento, se aplicará sólo para los casos que enfrenten más de 15 años de condena. En diálogo con De Brown, abogados manifestaron algunos reparos sobre cómo se instrumentará.

juicio

Tal como sucede en Estados Unidos, se conformó el padrón para los juicios por jurado en la provincia de Buenos Aires. Doce mil personas integran una lista, a partir de la cual podrán ser llamadas para ser parte del tribunal que falle en causas judiciales donde las condenas puedan ser de 15 años o más de cárcel.

El sorteo se realizó este mediodía por lotería provincial. Los ciudadanos que tengan sus DNI terminados en los números 983 y 461 podrán ser convocados para ser jurados en juicios penales que contemplen penas mayores a los 15 años. La iniciativa es la puesta en marcha de la Ley 14543, que se aprobó a fines del año pasado en el Senado bonaerense. Sin embargo, se trata de una posibilidad contemplada en la Constitución Nacional, pero que hasta ahora no había sido concretada en ninguna provincia del país.

“Puede ser positivo en cuanto a reducir la corrupción que hay en la Justicia. Teniendo en cuenta que va a resolver sobre la culpabilidad o la inocencia un jurado de personas completamente imparciales, que no conocen absolutamente nada ni del tema, ni de la causa, ni de los involucrados. Creo que la gente va a participar y a ayudar para que esto salga adelante cómo corresponde, aparte están obligados”, analizó en diálogo con www.deBrown.com.ar el abogado penalista Marcelo Mazzeo.

La nómina de quienes pueden ser electos se elaboró a partir de una serie de requisitos que los futuros integrantes de estas juntas tendrán que cumplir. Ser ciudadanos, de entre 21 y 75 años; ser argentino nativo o naturalizado con una residencia no menor a los cinco años; comprender perfectamente el idioma; no tener impedimentos psíquicos ni físicos, y gozar de la plenitud de los derechos, es decir, no estar limitado desde el aspecto legal.

Así, todos quienes cumplan estos requisitos quedarán habilitados para el sorteo, en el cual se conformará el padrón de 12 mil personas. Hoy, miércoles, se realizará la conformación concreta de un jurado aunque todavía no hay fecha prevista sobre cuando será realizará el primer juicio.

Los tribunales estarán integrados por un juez, doce ciudadanos -seis de sexo femenino y seis de sexo masculino- que serán jurados titulares y seis suplentes. Actuarán únicamente en casos de delitos graves, cuya pena sea mayor a los 15 años de prisión. Se les pagará por su servicio.

Sin embargo, la reglamentación de la ley señala que cuando se trate de empleados públicos o privados será "mediante declaratoria en comisión con goce de haberes, de carácter obligatorio para el empleador". En tanto, los trabajadores independientes o desempleados podrán ser retribuidos a su pedido, con la suma de dos jus diarios (542 pesos)". Asimismo, tanto para juicios de larga duración o en aquellos en que el jurado deba recorrer largas distancias para asistir, el Estado les asignará a su favor una dieta diaria suficiente para cubrir sus costos de transporte y comida.

De ser afectadas, deberán presentarse obligatoriamente a cumplir con esta función, ya que de lo contrario se enfrentan a multa, al igual que como ocurre cuando un ciudadano es elegido para ser autoridad de mesa en las elecciones y no se presenta.

“Antes de un juicio por jurado hay que tener en cuenta la constitucionalidad de las pruebas que se introducen al proceso. Después, al jurado hay que explicarle cuáles son las pruebas que se pueden utilizar para resolver el caso, y cuáles no, todo lo que atañe al tema jurídico es responsabilidad y competencia del juez. Es buena la implementación para que se erradique la permeabilidad que tiene la Justicia, la posibilidad de comprar voluntades”, apuntó Mazzeo.

En el país, solamente la provincia de Córdoba cuenta con un tribunal popular, que está integrado por dos jueces, y que funciona desde el 2005. También desde este mes funciona el juicio por jurados en la provincia de Neuquén, bajo la norma de una ley muy similar a la de Buenos Aires.

 

Dudas sobre su implementación

Aunque la nueva modalidad de Justicia despierta entusiasmo y grandes expectativas por un lado, por el otro no son pocos quienes manifiestan sus reparos sobre cómo pueden ser afectados quienes vayan a ser jurados en este tipo de juicios. Particularmente porque, a diferencia de lo que ocurre en Norteamérica, no estarán aislados, por lo que se podrán ver afectados por los medios de comunicación y la opinión pública en general.

Así lo evaluó el también abogado especializado en Derecho Penal Darío Saldaño. “Cuando la Constitución instauró el juicio por jurado era totalmente distinto, ni los medios de comunicación tenían el peso que tienen hoy, ni había excesiva politización y dependencia de la política por parte de la ciudadanía. Me parece que va a ser un instrumento desnaturalizado por la manera en que se implementó”, argumentó.

Entre las falencias que, según él, presenta el sistema para que el juicio por jurado funcione correctamente se encuentra "la falta de infraestructura" para permitir que una causa se encuentre aislada de la otra, así como también los jurados del resto de la sociedad en general.

Por otra parte, reparó en que se trata de un derecho al que deberían tener acceso todos los ciudadanos, no solamente aquellos que se enfrenten a condenas más duras, como se realizará.

“Es una decisión meramente política electoral, no tiene otra connotación. Los ciudadanos no se presentan como autoridades de mesa, no se presentan como testigos de los juicios orales. Se da en nuestra Provincia específicamente la excesiva dependencia de planes de trabajo, de asistencia social, y juicio por jurado para que sea tal realmente está dado para otras características institucionales. Para mí, la baja calidad institucional de la Justicia penal de la provincia de Buenos Aires hace que sea inviable”, completó en declaraciones a este medio.

 

Características

  • Podrán ser jurados quienes tengan entre 21 y 75 años, y cumplan con las características mencionadas al comienzo.
  • No podrán ser citados a ser jurados quienes trabajen en el Poder Judicial, ni abogados, políticos electos, integrantes de las fuerzas de Seguridad, defensa, servicio penitenciario o seguridad privada.
  • Tampoco participarán los cesanteados o exonerados de la administración pública o fuerzas de Seguridad, condenados por delitos dolosos, ministros religiosos, autoridades de partidos políticos, o funcionarios públicos con rangos equivalentes a director o superior en el Poder Ejecutivo o Legislativo.
  • El trabajo de los jurados consistirá en asistir a todas las audiencias y definir la pena para el acusado, lo cual harán transcurridas todas las audiencias y en una reunión a solas; para que la condena sea válida cuando haya al menos 10  coincidencias.
  • Si fallan a favor del enjuiciado –inocente- esta decisión no podrá ser revocada. En los demás casos sí.

 

 

 

 

 

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