Tampoco Edenor estará autorizado para hacerlo. La medida se tomó en el marco de la emergencia sanitaria. ¿En qué casos se aplicará?
Las empresas Edesur y Edenor no podrán cortar el servicio eléctrico a los usuarios que acumulen deudas generadas o agravadas en pandemia, previas al 28 de febrero del 2021. Así lo dispuso el Ente Regulador de Electricidad (ENRE).
Se publicó la semana pasada en el Boletín Oficial. La resolución estableció que las facturas impagas durante los meses de aislamiento o distanciamiento social se deberán liquidar de forma separada y sin contemplar intereses.
En este marco, se tendrá que estipular cuál es el monto incumplido al 31 de diciembre del 2020. También los faltantes de pago producidos entre el 1 de enero y el 28 de febrero de este año.
La disposición, en tanto, instruyó a las prestatarias a emitir la liquidación del servicio incluyendo solo los importes a los "consumos del período, la carga impositiva y, en caso de corresponder, las cargas municipales".
“Los saldos adeudados serán abonados a las concesionarias conforme a las pautas que establezca oportunamente este Ente Regulador”, concluye la resolución.
💡El ENRE sancionó a Edesur con una multa millonaria👇https://t.co/KjnTLhK7eL #Sociedad pic.twitter.com/ZHxAx8qpZA
— Noticias De Brown (@debrownweb) August 12, 2020