La Cámara Nacional Electoral establece dos medidas para quienes no votaron en las Generales. Conocé qué debes hacer en caso de no haber asistido.
El domingo pasado, los argentinos volvieron una vez más a las urnas. Al igual que en cualquier otro comicio, sufragar representa un derecho, pero también un deber de los ciudadanos.
El artículo 37 de la Constitución Nacional establece que participar "es obligatorio". Sin embargo, hay situaciones especiales que se encuentran contempladas.
Si una persona se encontraba enferma y no pudo concurrir a votar, debe presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral. Tiene 60 días a partir de la elección para asistir en la dependencia correspondiente a su domicilio.
Si el ciudadano se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar de sufragio por "motivos razonables", deberá dirigirse a la comisaría más cercana y pedir el papel correspondiente que acredite la distancia. También el plazo es de dos meses.
En cambio, aquellas personas que cumplieron tareas laborales, tenían el derecho de que sus empleadores le otorguen una licencia especial sin descuento salarial para que puedan cumplir con la obligación democrática.
Quienes presenten un DNI con domicilio en la Argentina, pero vivan en el exterior deberán adjuntar foto del pasaporte o documentación que acredite que no se encontraban en el país a través del Registro de Infractores. Esa documentación puede ser solicitada en la Embajada o Consulado Argentino más cercano.
Los únicos exentos fueron los mayores de 70 años o menores de 18, ya que en ambos casos no es obligatorio votar.
La Justicia Nacional Electoral estableció que quienes se abstuvieron de participar sin justificativo en las elecciones generales deberán pagar una suma de $100.
Si bien el monto de la sanción no es muy significativa, mientras no paguen dicha multa, quedarán registrados como infractores.
Esto implica que no podrán hacer gestiones o trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) habilitó además una página web para que los ciudadanos corroboren su situación o regularizarla. También para efectuar el reclamo por un error en la incorporación. Sólo deberá completar el formulario con su N° de DNI, sexo, distrito electoral y el código de validación que les aparecerá a un costado.
Una vez realizada la consulta de infracción, el sistema permite imprimir un comprobante para realizar el pago correspondiente. Deberá abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación, Pago Fácil, Rapi Pago y mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria.