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POLÍTICA
viernes 25 de septiembre de 2020

Se extendió el congelamiento de los alquileres: ¿Hasta cuándo será?


También se prohibió modificar el valor de las cuotas de los créditos hipotecarios UVA. La información.


En el marco de la emergencia sanitaria, el Gobierno nacional prorrogó este viernes el congelamiento de los precios de alquileres y la suspensión de los desalojos por falta de pago. La resolución ya fue publicada en el Boletín Oficial.
 

¿Hasta cuándo?

Los nuevos plazos se extendieron hasta el 31 de enero de 2021. De este modo, los valores seguirán sujetos a marzo cuando se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia en el inicio del aislamiento social.
Según detalla la norma, se aplazó hasta la misma fecha las deudas por falta de pago. Se postergó hasta febrero del mismo año el abono de los importes atrasados por diferencia en los montos.
Por otra parte, se extendió la mediación obligatoria por el plazo de 6 meses, a partir del 30 de marzo de 2021, y la suspensión establecida con anterioridad.
 

Polémicas en el sector

En los últimos meses, crecieron las denuncias de inquilinos ante las extorciones de inmobiliarias que especulaban con los anuncios oficiales. Es que presionaban con cerrar los contratos de renovación de manera urgente. Esto ocasiono que muchas personas acuerden forzosamente, acorralados por el temor a perder su vivienda. Otras, en cambio, tomaron la decisión de mudarse, dando lugar a nuevos locatarios.
En este escenario, la oferta del sector también se modificó. Los alquileres de todo tipo de viviendas treparon notoriamente. En contraposición, descendió el valor de locales comerciales. Esto se debió a la caída de las ventas y los cierres de comercios como consecuencia de la emergencia sanitaria que trajo aparejada la pandemia.

 

Nuevo decreto

En este marco, se prolongó el congelamiento del valor de las cuotas de créditos hipotecarios UVA para vivienda única hasta el 31 de enero próximo. También se dispuso suspender las ejecuciones hasta la misma fecha, sean "hipotecarias, judiciales o extrajudiciales".
La medida alcanza a los "lanzamientos ya ordenados" y que no se hubiesen llevado a cabo. Se fijó además que las deudas que se generaran desde el 1 de octubre y hasta el 31 de enero de 2021, originadas por falta de pago, abonos fuera de plazo o parcialmente, podrán ser convertidas a Unidades de Valor Adquisitivo y refinanciadas. De aplicarse intereses compensatorios, estos no deberán exceder la tasa de interés del préstamo inicial.

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