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SOCIEDAD
miércoles 30 de mayo de 2018

Se podrán dar de baja servicios a través de Internet o por teléfono


Se trata de una nueva medida emitida por el Gobierno nacional, que obliga a las empresas a facilitar la suspensión del servicio por parte del usuario. Alcanza a compañías de telefonía fija y celular; Internet; televisión por cable y satelital. En sus sitios web deberán tener el link que permita cancelar la suscripción como cliente.

El Ministerio de Comercio, a través de la Secretaría de Producción, obligó a las empresas a facilitar la baja del servicio a través de la web o por teléfono. Desde Defensa del Consumidor aclararon que la medida busca simplificar el proceso de suspensión.
La norma se hizo efectiva con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 316/2018 de la Secretaría de Comercio. Alcanza a compañías de telefonía fija y celular; Internet y televisión por cable y satelital.
Además, insta a los proveedores de servicios que posean páginas web "a tener, a simple vista y en el primer acceso, el link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado".
Incluso, aclara que las empresas tendrán 24 horas para “informar al consumidor el número de código de identificación de la baja". Y determina que la rescisión podrá efectivizarse por el mismo medio con el que se contrató. También puede tramitarse por teléfono.
La normativa también exige a las compañías a realizar bases de datos. Deberán contener información sobre los usuarios; la fecha en la que contrataron el servicio; la fecha y hora en la que se solicitó la baja; cómo se realizó y el código de rescisión otorgado por ese trámite.
 

+ IVA

Un nuevo factor que los usuarios deben tener en cuenta a la hora de contratar. Ahora, los servicios de streaming también deberán tributar el Impuesto al Valor Agregado. En Argentina, el gravamen es del 21 por ciento.
La aplicación de esa carga fiscal fue oficializada por el Gobierno nacional a través del decreto N° 354. De esta manera, ahora las prestaciones virtuales como Netflix, Spotify o Airbnb estarán alcanzadas por la medida.
Las empresas prestadoras del servicio ya informaron sobre el aumento en los precios mensuales. La normativa establece aclara que de existir un intermediario “será éste quien actúe como agente de percepción y liquidación”.
Todos los servicios de transmisión y descarga legal de películas, series, música y juegos (incluyendo los de azar); hasta los de delivery, como Cabify o Glovo, dejarán de estar exentos de este tributo.
La modificación forma parte de la reforma tributaria votada por el Congreso de la Nación el año pasado. El decreto, lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.
 

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