La decisión fue oficializada a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. Cuáles son las nuevas fechas establecidas para cumplir con el ente recaudador.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes personales para el período fiscal 2015.
A partir de la resolución 3.860, se estableció un nuevo cronograma para que los contribuyentes presenten sus respectivas DD.JJ.. Según lo dispuso el ente recaudados, los CUIT terminados en 0, 1 y 2 tendrán tiempo para la presentación de las declaraciones hasta el 21 de abril, inclusive, y la fecha de pago tendrá como vencimiento el 22 de abril.
Para quienes su CUIT terminen en 3, 4 o 5, las fechas serán 22 y 25 del corriente mes, en tanto que las terminaciones en 6,7,8 y 9, los plazos serán hasta el 25 para la presentación, y al 26 para un eventual pago.
¿Quiénes deben presentar las declaraciones juradas? En cuanto a Ganancias, la AFIP establece que "los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad, excepto que se hubieran adherido al monotributo, incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas".
El vencimiento de Bienes personales comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a 305.000 pesos y no tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en el mes de diciembre o que, teniéndolas, consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.