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SOCIEDAD
viernes 5 de agosto de 2016

Gas: regirá el freno al tarifazo hasta que la Corte Suprema se expida


Lo definió La Cámara Federal de La Plata, aunque hizo lugar a la apelación del Gobierno nacional. El máximo tribunal deberá resolver la causa este mes.

Aumentos2016tarifas

Tras varias semanas de incertidumbre, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata avaló el recurso de amparo presentado por el Gobierno, para rever las modificaciones en las tarifas. Sin embargo, la decisión final la tendrá la Corte Suprema de Justicia.

El 7 de julio la Sala II declaró “nulas” las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería, que establecieron el incremento y exigió “retrotraer” la situación tarifaria al 31 marzo.

A los pocos días, la administración nacional reclamó a la Cámara que resuelva a su favor con efecto suspensivo hasta tanto falle la Corte, para que se puedan aplicar los incrementos. Este jueves obtuvo el apoyo de la Sala II empero, pero se deberá esperar el veredicto definitivo del máximo tribunal.

"Debido a la transcendencia y gravedad de la materia debatida servicio público esencial -existe un interés público comprometido en el caso- lo que hace que la resolución apelada deba considerarse como equiparable a la definitiva", se detalla entre los considerandos del fallo.

“Toda vez que se encuentra en juego el alcance e interpretación de normas federales y la decisión ha sido contraria a las pretensiones que los recurrentes basaron en ellas, corresponde conceder los recursos extraordinarios deducidos en autos y elevar la causa a la Corte Suprema”, continúa el texto.

 
Frente a este escenario, ¿Qué deben hacer los usuarios?

El abogado Facundo Ferro, quien presentó varios recursos de amparo por las subas desmedidas, en representación de vecinos de la Región, aclaró algunos de los aspectos centrales de esta instancia judicial:

  • Se suspende el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro de valores.
  • Se deben liquidar las boletas respectivas a los precios vigentes con anterioridad al tarifazo.
  • Para aquellos que ya pagaron, sus importes deberán tenerse por pagados “a cuenta”, reintegrándose su monto en las próximas facturas hasta su compensación total.
  • No se puede cortar el suministro por falta de pago.

 
Un fallo paralizó el aumento de la luz

Al igual que ocurrió con el gas, la Justicia Federal de San Martín hizo lugar a amparos de ONGs y frenó las actualizaciones aplicadas en la energía eléctrica en todo el país.

La jueza federal Martina Isabel Forns dictaminó que el Estado Nacional proceda a “la inmediata suspensión de los efectos de las Resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE”.

Anunció que el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) deberá “comunicarle a distribuidores y prestadores que deberán aplazar el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a la resoluciones".

Como antecedente, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata certificó hace un mes la cautelar solicitada en un recurso impulsado por el bloque de diputados provinciales del FPV-PJ en febrero.

En Almirante Brown, la ONG Compromiso Ciudadano con el apoyo de la Municipalidad realizó la presentación junto a instituciones sociales, deportivas y de bien público del distrito. También fueron incluidos usuarios particulares y Pymes

En ese momento, la Sala resolvió: “Por el término de 3 (tres) meses la suspensión de las Resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación 6/2016 y 7/2016 y la Resolución del ENRE 1/2016 para el ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires”.

 
 
 

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