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SOCIEDAD
miércoles 28 de noviembre de 2012

Impulsan el “Registro No llame” en Brown


Se trata del proyecto para proteger a los usuarios del servicio telefónico de los abusos que puedan surgir del uso del telemarketing, para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en Almirante Brown. El proyecto presentado por el FPV se aprobará en la próxima sesión.

 

En la próxima sesión ordinaria, el Concejo Deliberante de Almirante Brown tratará para su aprobación el proyecto de creación del "Registro NO LLAME" que tiene como objetivo proteger a los usuarios del servicio telefónico de los abusos que puedan surgir del uso del telemarketing, para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el distrito.

El proyecto que fue presentado por el concejal Carlos Cabral del bloque Frente para la Victoria ya tiene despacho positivo y se sumará a las leyes que rigen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( Ley 2014) y en la Provincia de Buenos Aires ( Ley 14.326).

“Se va a aprobar en la próxima sesión. Se trata de una ordenanza que se adhiere a la ordenanza nacional y provincial y es justamente para regular las llamadas publicitarias de automóviles que te llaman a cualquier hora. Por eso a través de este registro propusimos que nuestro distrito se sume”, aseguró el edil Cabral, en diálogo con este medio.

En este marco, el Ejecutivo lo estuvo analizando y le hizo algunos retoques técnicos a la ordenanza: "La idea principal ya está y lo que el  Municipio va a hacer es habilitar una linea telefónica para que los vecinos puedan denunciar las llamadas y a través de esta denuncia se le deshabilite este servicio”, aclaró.

“Este proyecto parte en un principio porque lo padeci yo y mis vecinos asi como el tema de las empresas de seguridad porque por ejemplo vienen en un coche y te golpea la puerta de tu casa y uno no sabe quienes son y hay que regularlo. Esto hay que hacerlo para que la gente se sienta mejor y pueda dormir más tranquilo y no sea bombardeado con este tiempo de cosas”, añadió Cabral.

En tanto, el "Registro NO LLAME" estará disponible para toda persona titular de una línea telefónica que manifieste su decisión de no ser contactada telefonicamente por empresas que, haciendo uso de datos personales, utilizan el sistema para publicar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios. Por lo que las empresas no podrán contactar a los inscriptos en el registro que tendrán una duración de dos años.

Antecedentes

Cómo funciona el "Registro No Llame" de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objetivo de la ley?

La ley del “Registro No Llame” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ley 2.014 se aprobó en el año 2006 y dispone la creación del registro “no llame” donde pueden registrarse los usuarios telefónicos que no deseen recibir llamados telefónicos con ofertas publicitarias. La reglamentación se aprobó en el año 2007 (Decreto 596). La ley se reformó recientemente y se puso en vigencia con nuevos plazos.

¿Quiénes deben cumplir con la norma?

Están sujetas a la ley las empresas que utilizan sistemas de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La ley dispone que estas empresas no pueden dirigirse a ninguno de los inscriptos en el “Registro No Llame” (art. 4).

La ley define al “Telemarketing” como el uso de cualquier tipo de comunicación por vía telefónica mediante la cual un agente intenta publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios a un consumidor (art. 3).

¿Qué obligaciones impone la ley?

La reforma del año 2009 modificó la ley, la cual ahora dispone que las empresas que utilizan el sistema de telemarketing en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán notificarse por primera vez de las inscripciones registradas antes del 6 de noviembre de 2009.

Con posterioridad a esa fecha, deberán notificarse cada quince (15) días de las altas y bajas del registro. Es decir, deberán acceder al listado nuevo y actualizado de personas registradas en el registro “no llame” cada quince días.

¿A quiénes se busca proteger?

Se ampara a titulares de línea de telefonía fija residencial y/o celular móvil que contraten para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar.

La ley establece que puede inscribirse en el “Registro No Llame” toda persona titular de una línea telefónica que manifieste su decisión de no ser contactada telefónicamente por empresas que, haciendo uso de datos personales, utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad (art. 2). La ley define “datos personales” como información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal, determinadas o determinables (art. 3).

El decreto reglamentario de la ley dispone que se entiende por usuarios de servicios telefónicos, a los titulares de línea de telefonía fija residencial y/o celular móvil que contraten para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar (art. 1) y preve que “Se podrá inscribir en el Registro toda persona física que sea titular de una línea fija residencial o móvil que haya sido contratada para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar” (art. 2). Es decir que la ley es muy amplia porque no ampara al cliente telefónico tradicional sino al usuario de un teléfono (sea éste fijo o móvil).

¿Cómo se anota el consumidor y cuánto dura la inscripción?

Para la inscripción en el “Registro No Llame” la persona debe consignar el número de teléfono que corresponde a la línea de la que es titular y al cual las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad no podrán llamar (art. 5). El proceso se realiza telefónicamente a través del número de teléfono 147 y luego se confirma con una presentación escrita dentro de los 30 días en un Centro de participación y gestión.

Las inscripciones de los consumidores tienen una duración de dos (2) años a partir de su incorporación al “Registro No Llame” y se renuevan automáticamente por un período igual, salvo manifestación en contrario del registrado (art. 6).

¿Cómo se obtienen los listados del Registro No Llame?

La empresa debe estar registrada con el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para poder descargar el Registro No Llame y tener los datos actualizados. Se debe solicitar un usuario y acceder a descargar el registro completando un formulario.

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