A partir de 2014, la AFIP exige la declaración jurada de quienes compren a través de sitios extranjeros y reciban los productos por correo a domicilios radicados en la Argentina. Además, permite sólo dos operaciones por año y el valor de las mismas no podrá superar los 25 dólares. El recargo sigue siendo del 35 por ciento.
El 2014 inició con una suerte de finalización del cepo al dólar, pero el anuncio trajo consigo una serie de medidas más rigurosas para las compras por Internet al exterior. De este modo, la AFIP le exige a los compradores virtuales seguir una serie de pasos para concretar su adquisición.
Esta serie de nuevas medidas se suman a las ya aplicadas, como el recargo del 35 por ciento en operaciones a través de páginas web extrajeras o de forma personal en el exterior. El objetivo de estas acciones es desalentar la adquisición de productos en tiendas chinas y estadounidenses, al encarecer a casi el doble el valor del producto.
Aclaración
La entidad nacional, en tanto, señaló que “los envíos postales que carezcan de finalidad comercial no se encuentran sujetos a prohibiciones de carácter económico”. Asimismo, confirmó que quedan exceptuados del límite de dos envíos por año, los libros, remedios con receta y obras de arte.