La normativa suspende el acceso a libertad condicional y salidas transitorias a los responsables de delitos graves. Había sido sancionada el 5 de julio por la Cámara de Diputados.
Tras la incansable lucha de los familiares de las víctimas, se promulgó la Ley 27.375 que limita los beneficios a condenados por delitos graves. Se trata del proyecto que reformó la "ejecución de la pena privativa de la libertad", por lo que los imputados dejarán de tener acceso a los beneficios de prisión domiciliaria, salidas transitorias o la libertad condicional, que sí estaban previstos en la legislación anterior.
La norma alcanza a los autores de homicidio agravado; delitos contra la integridad sexual; secuestro extorsivo seguido de muerte; tortura seguida de muerte; robo con armas o en despoblado y en banda; trata de personas; violaciones a la ley antiterrorista; financiamiento del terrorismo; contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.
Con esta modificación, deberán cumplir la totalidad de sus condenas en prisión en todos los casos. Se trata de un significativo avance en materia penal muy reclamado por organizaciones de familiares de víctimas.
El debate se encendió tras la violación seguida de asesinato de Micaela García, la joven entrerriana de 21 años que murió a manos de Sebastián Wagner, un violador reincidente que había obtenido la libertad antes de cumplir la totalidad de su condena.
Alerta
Pese a la puesta en marcha de la Ley, la Asociación de Víctimas de Violación (AVIVI) advirtió que existen 900 personas penadas por delitos sexuales que fueron beneficiados con la norma anterior y aún se encuentran prófugos.
En este marco, reclamaron la inmediata implementación del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual. Contiene información y material genético de las personas penadas por delitos sexuales, a fin de facilitar el esclarecimiento de los casos.