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POLÍTICA
viernes 9 de agosto de 2019

Comenzó la veda electoral: ¿Qué está prohibido?


A 48 horas de las PASO, empezó a regir la norma en todo el país establecida por el Código Electoral Nacional. Conocé los detalles.

Desde las 8 de este viernes rige la veda electoral. Es de cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se desarrollarán este domingo. La regulación existe para que el ciudadano tenga un tiempo de reflexión previo a emitir su voto, sin ser abrumado por los distintos discursos.

De acuerdo con el Código Electoral Nacional, se prohíbe la realización de actos públicos de proselitismo y la divulgación de encuestas y sondeos. Tampoco se podrá la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto.

Si embargo, la norma no contempla a las redes sociales. Es que no existían estas cuando se creó por lo que cayeron en un vacío legal. Twitter, Facebook e Instagram son algunas de las plataformas que están fuera de la veda.

Además, durante los comicios y hasta tres horas después de su finalización están prohibidos los espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas, y toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

 

Otros datos

Se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas 12 horas antes de que comiencen las eleccione y tres horas después de culminadas estas. Esto incluirá bares y restaurantes. Asimismo, en ese lapso, también se cortará cualquier tipo de actividad pública y masiva y se impidirá la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

El organismo recordó que aquellos que no respeten esta normativa podrán ser denunciados por violación al Código Electoral. En caso de que la la Justicia corrobore la falta, serán castigados

 

Sancionados por no respetar la veda

Partidos y agrupaciones políticas

Si llegara a no cumplir, perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para costear una o dos elecciones.

 

Personas físicas o jurídicas

Si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en medios de comunicación, deberán abonar una multa de entre diez y cien mil pesos. Lo mismo para la persona que realice actos de campaña fuera del plazo establecido.

 

 

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