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AÑO 12 - EDICIÓN Nº 2364
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POLÍTICA
martes 13 de diciembre de 2022

Decretaron dos días de asueto por las Fiestas: ¿A qué trabajadores les corresponden?


El objetivo es facilitar las reuniones con familiares de viven lejos. La información.

Con motivo de la celebración de Navidad y Año Nuevo, el Gobierno oficializó otorgar dos días de asueto a los trabajadores de la administración pública nacional. Se decretó a través del Boletín Oficial.

Así será

El documento fue firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro. Pese a los días de descanso, la decisión garantiza las medidas necesarias para mantener los servicio esenciales.

Las jornadas de asueto fueron dispuestas para los viernes 23 y 30 de diciembre. Se dieron a raíz de que el 25 del corriente mes y el 1 de enero son feriados inamovibles, pero en esta oportunidad caen domingo.

En los considerados de la norma, las autoridades aseguraron que las festividades constituyen un "fuerte aspecto tradicional y de festejo entre las familias". De esta manera, facilitará las reuniones con los seres queridos que residen lejos.

Por otra parte, el artículo 4° aclara que no están encuadrados dentro del decreto las instituciones bancarias ni las entidades financieras.

A tener en cuenta

El Gobierno confirmó el cronograma de feriados para el 2023. Prevé 19 días festivos, de los cuales 14 son inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos. Habrá cuatro fines de semana de cuatro días.

Feriados inamovibles:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • 20 y 21 de febrero (Feriados de Carnaval)
  • 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
  • 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
  • 7 de abril (Viernes Santo)
  • 1° de mayo (Día del Trabajador)
  • 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
  • 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes)
  • 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
  • 9 de julio (Día de la Independencia)
  • 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional)
  • 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
  • 25 de diciembre (Navidad).

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