Vie, 26/04/2024 |
AÑO 11 - EDICIÓN Nº 1943
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
POLÍTICA
domingo 4 de agosto de 2019

Elecciones 2019: hay casi 670 mil extranjeros habilitados para votar


Los datos corresponden al territorio bonaerense. Podrán elegir precandidatos a gobernador y vice, diputados o senadores provinciales, intendente y consejeros escolares. Conocé los detalles.

A pocos días del desarrollo de las elecciones legislativas 2019, un gran cantidad de preguntas empiezan a surgir. Una de ellas es la participación que tendrán los extranjeros en estos comicios. Si bien no podrán elegir a sus representase a nivel nacional, si tendrán la posibilidad de hacerlo en otras áreas.

La resolución de la Justicia Electoral informó que un total de 669.676 inmigrantes estarán habilitados para votar cargos provinciales en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en el territorio bonaerense. Según detalla, la octava sección (La Plata) cuenta con 40.987 empadronados, mientras que la primera tiene 240.690, y la segunda, 7.623.

En lo que respecta a la tercera -la de más electores y donde se ubica Almirante Brown-, tiene inscriptos a 324.618 extranjeros, de los cuales unos 100.000 pertenecen a La Matanza. Asimismo, en la cuarta, hay 3.982; en la quinta, 33.106; en la sexta 16.195 y en la séptima hay empadronados 2.265.

Según la ley sancionada por la Legislatura bonaerense, solo estarán habilitados para votar categorías provinciales. En este sentido, únicamente podrán elegir candidatos a gobernador y vice; diputados o senadores provinciales y, de acuerdo a la sección en la que se encuentren, intendente y consejeros escolares.

Derecho a votar en la Provincia

  • Podrán hacerlo los extranjeros mayores de 18 años que lean y escriban en castellano, con al menos dos años de residencia legal en el territorio bonaerense.
  • En caso de no efectuar el sufragio, deberán justificar el motivo ante la Junta Electoral. Si se encuentra a más de 500 kilómetros del lugar de votación, tendrán que solicitar un comprobante en la comisaría de dicha localidad.
  • No concurrir sin justificativo alguno constituye una falta electoral. Eso incluye no sólo el pago de multas respectivas, sino también la imposibilidad de realizar trámites administrativos que requieran el comprobante de haber participado en los comicios.

 

ÚLTIMAS NOTAS
Compartir nota
Sitio creado por
menuarrow-left
error: Atención: ¡El contenido está protegido!
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram