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AÑO 11 - EDICIÓN Nº 1936
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SOCIEDAD
sábado 26 de octubre de 2013

La veda electoral, qué se puede hacer y qué no hasta las Legislativas


Desde ayer hasta las 21 de domingo, rige la veda electoral en todo el país por las elecciones generales. Según informaron desde la Dirección de Información y Capacitación Electoral, la prohibición comprende a Internet (blogs, periódicos digitales, youtube), televisión y radio. Están exentas de la medida las redes sociales.

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Desde la mañana del viernes comenzó a regir en todo el país la veda electoral. La misma consiste en la prohibición de todo tipo de acto público o actividad proselitistas. No se podrá difundir publicidad de los candidatos o espacios políticos ni sondeos pre-eliminares sobre las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del próximo domingo11 de agosto. Las únicas autorizadas serán las redes sociales.

Así lo indica la Cámara Nacional Electoral, a través del cronograma de elecciones. La veda deberá cumplirse por 48 horas, es decir, pasada la realización de los comicios, hasta que se difundan los primeros datos oficiales provisorios.

En tanto, la Dirección de Información y Capacitación Electoral aclaró que la prohibición comprende a Internet (blogs, periódicos digitales, youtube), televisión y radio. Están exentas las redes sociales.

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Además, doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe: la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; y tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, incluyendo bares, pubs, boliches.

Durante las elecciones del domingo y hasta tres horas después del cierre de los comicios están prohibidos los espectáculos populares al aire libre; los espectáculos populares en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas; toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral; y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Asimismo, a 80 metros de la mesa receptora de votos está inhabilitado: la realización de reuniones de electores en los domicilios; la utilización de las viviendas como depósito de armas; la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

 

 

 

 

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