Podrán trasladarse sólo una vez por semana y deberán llevar consigo la declaración jurada correspondiente. ¿Cómo es el trámite?
En el marco del aislamiento social, el Gobierno nacional autorizó que los hijos de padres separados puedan alternar las casas de sus progenitores una vez por semana. La medida ya fue publicada en el Boletín Oficial.
Según la resolución, deberán trasladarse llevando consigo la declaración jurada aprobada por la Resolución N° 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social. Asimismo, en el caso de familias monoparentales, se podrá optar por concurrir al hogar de un “referente afectivo”.
El documento fue firmado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros de Salud, Ginés González García; de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, y de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
Esta excepción de la cuarentena, busca garantizar el derecho de los menores de edad a “mantener relaciones personales y contacto directo con sus progenitores o referentes afectivos”.
Al iniciarse la medida, se estableció que los menores debían cumplir el aislamiento en aquella vivienda que fuera “más adecuada al interés superior del niño, niña o adolescente”. Sólo podían trasladarse una única vez y sin posibilidad de alternancia.
Sin embargo, una jueza declaró inconstitucional este impedimento. En su fallo aseguró que con la medida muchos chicos quedaron bajo el cuidado exclusivo de uno de sus padres desde hace más de cuarenta días, privándolos así del encuentro con el otro.
Deberán ingresar en el sitio web de Desarrollo Social y completar un formulario muy simple. Podrán acceder haciendo clic aquí.