Quienes no concurrieron a las urnas este 22 de octubre deberán presentarse en la secretaría electoral de su distrito o informarlo a través de Internet. Si no lo justifican, les cobrarán una multa de 50 pesos.
El sufragio es universal, secreto y obligatorio para los mayores de 18 y menores de 70. Por lo tanto, no emitirlo es considerado una falta y es pasible de sanciones. Entérate cómo evitarlas.
La Cámara Nacional Electoral habilitó en su sitio web la consulta al Registro de Infractores para que cada votante pueda verificar si se encuentra asentado y regularizar su situación o efectuar el reclamo pertinente.
La normativa incluye a los argentinos residentes en el exterior. De igual manera, no tendrán que dirigirse a los consulados sino hacerlo vía web.
Entre las causas a justificar se encuentran: Distancia mayor a 500 kilómetros; enfermedad; fuerza mayor (ej. inundación); denuncia de fallecimiento y; funciones electorales.
Quienes no ejerzan su derecho cívico tendrán hasta 60 días después de la votación para explicar sus motivos. La ausencia implicará una multa de 50 pesos.
Además, podrían ser imposibilitados de realizar gestiones ante organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año.
El trámite se debe realizar en la página de la Cámara Electoral. Donde hay que entrar al Registro de Infractores. Luego, tendrán que confirmar una serie de datos personales.
Después, indicar el motivo por el cual no sufrago. Enseguida, adjuntar la documentación para acreditarlo (imagen de certificación policial, pasaje, certificado médico, etc.).
Por último, brindar un teléfono y un correo electrónico. A las 48 horas recibirán un correo con la constancia.
Igualmente se puede hacer en la Secretaría Electoral correspondiente a su último domicilio, o en la Cámara Nacional Electoral, de lunes a viernes de 7:30 a 13:30, con el DNI y el comprobante/certificado.